Trámites administrativos

Trámites administrativos

Según la ley vigente en Bélgica, todas las personas cuya estancia se prolongue en Bélgica por unos meses, deben solicitar su registro en la commune.

Completando este trámite, podrás acceder a la declaración de presencia (que nos autoriza nuestra estancia en el país por 3 meses).

Sin embargo, es recomendable solicitar directamente el Anexo 19 (Prueba de solicitud de registro) que, aunque también te permite quedarte en el país por tan sólo 3 meses, te otorga otros derechos adicionales, como por ejemplo la posibilidad de acceder a los Servicios Públicos de Empleo.

Por otro lado, si nuestro pensamiento es alargar nuestra estancia en Bélgica durante más de tres meses, entonces será necesario que solicitemos el Anexo 8 (Certificado de registro final), y que nos aprueben dicha solicitud.

En Bélgica, los funcionarios que trabajan para una organización europea o internacional y los expertos nacionales en comisión tienen derecho a una “residencia simplificada”, y que equivale a la emisión de una “tarjeta de identidad especial” emitida por el Ministerio de Asuntos Exteriores y no por la commune.

Si deseas inscribirte en los Servicios Públicos de Empleo, se debe solicitar y rellenar en tu commune el Anexo 19 (Prueba de solicitud de registro), o bien el Anexo 8 (Certificado de registro final).

En función de la región en la que prefieras trabajar, deberás inscribirte en unos u otros servicios públicos de empleo.

Aunque no es un trámite obligatorio, si tu estancia se va a prolongar durante unos meses, siempre recomendamos la inscripción consular o inscribirse en la embajada ya que gracias a esto obtendrás ciertos derechos:

  • Asistencia en caso de emergencia (catástrofes naturales, situaciones de peligro en el país de residencia, etc.) o accidente en el extranjero.
  • Recibir información de la embajada o consulado más cercano (avisos y alertas de viaje, plazos para votar, etc.).
  • Agilización de diversos trámites administrativos (expedición de pasaporte, Registro Civil, solicitudes de becas académicas, inscripción para votar desde el extranjero, cumplimentación de modelos tributarios, etc.).

CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN BRUSELAS

Cónsul General: José Ricardo Gómez-Acebo Rodríguez-Spiteri
Dirección: Rue Ducale, 85-87. 1000 Bruxelles.
Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14 horas. Por teléfono hasta las 15 horas.
Teléfonos desde Bélgica: 02 509 87 70 / 02 509 87 86.
E-mail: cog.bruselas@maec.es
Página Web: www.exteriores.gob.es/Consulados/Bruselas/

Abrir una cuenta bancaria para extranjeros en Bélgica es bastante fácil y rápido, en muchos casos no será ni siquiera necesario acudir presencialmente a la sucursal.

Si la cuenta que desea abrir es de crédito seguramente el banco le exija presentar tres nóminas, un contrato o un comprobante de sus ingresos.

Los siguientes bancos ofrecen una ventanilla para expatriados: